Asesoría Laboral: Comunicación de datos
El nuevo modelo 145 tiene la finalidad de comunicar los datos de los empleados de una empresa a su pagador. En la redacción de éste, la cual puede consultarse en la asesoría laboral, las empresas deben pedir el cumplimiento de los datos personales y familiares del empleado. Además, en caso de futuros cambios de alguna de las circunstancias especificadas inicialmente, debe comunicarse nuevamente mediante el mismo modelo 145. Toda la información recogida en el informe servirá a la empresa para calcular la retención que debe practicarse a la nómina.
Con la finalidad que el pagador pueda establecer las retribuciones apropiadas, debe conocer datos como la situación familiar del empleado así como su estado civil. En caso de discapacidad hay que saber el grado exacto, y si el trabajador se ha tenido que desplazar al aceptar el puesto de trabajo y cambiar su residencia habitual. Si existe una prolongación de la actividad laboral pasados los 65 años, si satisface una pensión compensatoria a favor del cónyuge u otras ayudas a favor de los hijos.
La implementación de los datos relativos al perceptor debe efectuarse antes del primer día de cada año o bien del inicio de la relación laboral. La falta de dicha comunicación implicará que el empresario pueda realizar los pagos correspondientes sin tener en cuenta las circunstancias reales del empleado. Además, en caso de producirse cualquier cambio en algunas de las circunstancias, el trabajador deberá comunicarlo si dichos cambios suponen un aumento del tipo de retención aplicable o si la Ley prevee regularizar el tipo de retención a mitad de año.